GANADO, EXPORTACION DE.
Es improcedente conceder la suspensión contra la orden de exportar y sacrificar ganado, mientras no se otorgue la autorización expresa, en virtud de que tiene por objeto primordialmente, abastecer el consumo de carne del país y en especial, el abastecimiento para el Distrito Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319555-e536949e/ganado-exportacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2711/50. Industria Empacadora de Tampico, S. A. 27 de octubre de 1950. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.
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