IMPORTACION, CLASIFICACION DE LAS MERCANCIAS.
Para determinar la clasificación de la mercancía importada, debe tenerse en cuenta la primera regla de la fracción VII para la aplicación de tarifas de importación, que exige que en las notas explicativas se determinen en su caso, las características de la mercancía que sirven para precisar la acepción legal arancelaria del nombre o términos usados para clasificar dicha mercancía, en el texto de la fracción relativa. Ahora bien conforme a esa regla, la acepción legal de la mercancía importada, sólo puede derivarse de las citadas notas explicativas, por lo cual otra forma de determinar tal acepción arancelaria, es ilegal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319764-512a3652/importacion-clasificacion-de-las-mercancias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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