EXPROPIACION, NO ES ACTO IRREPARABLE.
La expropiación de un bien no es el acto que pueda considerarse consumado en forma irreparable, toda vez que concedido el amparo en contra de él, las autoridades responsables verificarán la restitución, al revocar la declaratoria de expropiación y sus consecuencias y devolver al quejoso la posesión del bien expropiado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/322764-55a8d929/expropiacion-no-es-acto-irreparable · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9466/44. García viuda de González Teresa. 15 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Relator: Franco Carreño.
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