ALCOHOL, CONCEPTO DE FABRICA DE, PARA EL EFECTO DE SU AFECTACION POR RESPONSABILIDADES FISCALES.
El inferior aplicó inexactamente la tesis jurisprudencial anotada con los números 407 y 77 en los apéndices a los tomos LXIV y LXXVI del Semanario Judicial de la Federación que dice: "El artículo 35 de la Ley de Alcoholes debe interpretarse en el sentido de que el concepto 'fábrica', para el efecto de su afectación por responsabilidades fiscales, se refiere únicamente al equipo industrial, pero no a la finca en que la fábrica esté instalada, y si bien el reglamento de la ley citada, en su artículo 1o., hace extensivo el concepto del vocablo 'fábrica', al edificio en que se encuentran instalados los aparatos que la constituyen, debe advertirse que su texto no puede ser observado, porque pugna con el concepto de la ley, porque estatuye sobre materia que es propia de aquélla, y porque debe estimarse anticonstitucional, autorizar la afectación de los derechos de una persona, a cuyo cargo no ha sido fijada ninguna responsabilidad fiscal, a pretexto de ser la propietaria del inmueble en que se encuentra la fábrica, porque se establecía interpretando, como se desprende de su texto, los artículos 35 de la Ley de Alcoholes de 1932, que no fijaba el concepto de 'fábrica', y 1o. de su reglamento, que entendía por 'fábrica' tanto el edificio como el equipo industrial, y como se nota también, en ella se sostuvo que el artículo 35 de la ley empleaba el concepto 'fábrica' en el sentido de equipo industrial, por lo que el artículo 1o. del reglamento no podía ampliar el concepto y comprender en él también a los edificios, en virtud de que es bien sabido que el reglamento de una ley no puede ir mas allá de lo que la ley que reglamenta, establece."; y las razones que informaron esa jurisprudencia no son aplicables respecto de la actual legislación sobre alcoholes, en virtud de que la ley misma, en su artículo 64 establece que quedan afectos preferentemente al pago del impuesto, de recargos y multas, aunque sea de terceras personas, el edificio o edificios en que se encuentra la instalación productora de los artículos gravados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323262-c6d374ac/alcohol-concepto-de-fabrica-de-para-el-efecto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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