IMPUESTO SOBRE LA RENTA, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO, CONTRA LAS RESOLUCIONES QUE ESTABLECEN EL DERECHO DEL FISCO A PERCEPCIONES QUE DEBEN CUBRIR LOS CAUSANTES DEL.
Debe confirmarse el sobreseimiento del inferior, basado en que la parte quejosa no agotó el medio ordinario de defensa, autorizado por la fracción I del artículo 160 del Código Fiscal, disposición que concede el derecho de ocurrir en juicio ante el Tribunal Fiscal, contra las resoluciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de sus dependencias, o de cualquier organismo fiscal autónomo que, sin ulterior recurso administrativo, determina la existencia de un crédito fiscal, lo fije en cantidad, o de las bases para su liquidación; y no son atendibles los argumentos esgrimidos en el sentido de que la referida parte quejosa no ha debido agotar ese medio de reparación de la ley ordinaria del acto, antes de acudir al amparo, porque el acuerdo del Departamento de Oficinas Federales de Hacienda de la Dirección General de Ingresos, establece el derecho del fisco, a las percepciones que debe cubrir el quejoso, como causante del impuesto sobre la renta, en cédula II, que es el primero de los casos que aquella disposición prevé, y el recurso de que se trata se concede en la ley, sin taxativa alguna, de manera que en uso del mismo, puede válidamente, alegarla la violación en que se dice ha incurrido la responsable, al revocar su primitivo acuerdo que calificó a la parte agraviada, como causante en cédula I, es decir, reclamarse la inobservancia del procedimiento que señala la fracción VII del artículo 160, para nulificar la decisión administrativa, favorable al particular.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/324271-8a4bf38e/impuesto-sobre-la-renta-recurso-que-debe-agotarse · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO CONTRA LA CIRCULAR 211-2-135 EXPEDIDA POR EL DIRECTOR DE INGRESOS. (s/clave)
- TRIBUNAL FISCAL, FACULTAD DEL. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, CUANDO NO EXISTE OMISION DEL. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DECRETO QUE REFORMA EL REGLAMENTO DE AL LEY DEL. (s/clave)
- TRIBUNAL FISCAL, SENTENCIAS DEL. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO, CONTRA LAS CALIFICACIONES ESTIMATIVAS DEL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis