INFORME PREVIO, NO SUPLE LA FALTA DEL JUSTIFICADO.
Como el informe justificado no se suple con el previo, aunque en éste se nieguen los actos reclamados, no debe surtir efectos en lo principal, privándose al quejoso del derecho de rendir las pruebas que a su derecho convengan.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/324510-776fc690/informe-previo-no-suple-la-falta-del-justificado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 51/43. Suscitada entre los Jueces de Distrito, Primero en Materia Administrativa, en el Distrito Federal, y Segundo en el Estado de Jalisco. 29 de julio de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.
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