Corpus
Modo: Corpus Pro

CAFE, IMPUESTO SOBRE EL TRANSPORTE DE, EN EL ESTADO DE VERACRUZ.

Clave: — · Registro digital (IUS): 326259 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4589

La fracción VI del artículo 117 de la Constitución Federal, prohibe a los Estados "gravar la circulación y el consumo de efectos nacionales, o extranjeros, con impuestos o derechos cuya exacción se efectúe por Aduanas Locales, requiera inspección o registro de bultos, o exija documentación que acompañe la mercancía". Ahora bien, ninguna de estas circunstancias prohibitivas se surten con lo establecido en el Decreto de ocho de enero de mil novecientos cuarenta, expedido por el gobernador del Estado de Veracruz, que reformó la fracción a) del artículo 77 del reglamento de la ley fiscal, en lo relativo al impuesto que causan el Erario del Estado, las compraventas de primera mano de café, y en el de nueve de mayo de mil novecientos cuarenta y uno, publicado el día siguiente; ni tampoco las que se consignan en las relacionadas fracciones IV, V y VII de aquella norma, pues la tributación de que se trata, no recae sobre la circulación ni el consumo del artículo gravado sino sobre un acto de especulación comercial que no queda incluido dentro de tales extremos, ya que de considerarse lo contrario, habría que concluir que el impuesto federal que rige las transacciones mercantiles de toda especie, participaría también del mismo defecto. Debe agregarse, que no es correcto sostener que la inconstitucionalidad de los decretos mencionados puede derivarse de las molestias que causan las autoridades relativas al fiscalizar el pago del tributo, pues mientras ellas no rebasen los límites legales, no puede afirmarse que sean motivadas e infundadas, que es lo que sería violatorio de garantías.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/326259-6749189b/cafe-impuesto-sobre-el-transporte-de-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 1612/42. Guzmán Carriles Roberto. 24 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.