INFORME PREVIO A NOMBRE DEL JEFE DE LA POLICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
Debe considerarse acreditada presuntivamente, por falta de informe, la existencia del acto reclamado que se atribuye al jefe de la policía del Distrito Federal, cuando el subjefe de ese cuerpo, lo rinda a nombre de aquél, ya que no puede tomarse en cuenta, en virtud de que las autoridades inferiores no están capacitadas para informar a nombre de sus superiores.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/326345-52a3950f/informe-previo-a-nombre-del-jefe-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2409/42. Valdez Carlos. 9 de septiembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.
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