INFORME CON JUSTIFICACION.
Si la autoridad responsable no informa, conforme al artículo 132 de la Ley de Amparo, se establece la presunción de que es cierto el acto que se reclama, pero no los demás hechos a que se refiere la demanda, los cuales deben ser probados en la audiencia respectiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/326781-56b33b8a/informe-con-justificacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6973/40. "Ford Motor Co". 3 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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