COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, NO PARTICIPA DEL DESCUENTO PARA EL GOBIERNO, EN LAS VIAS GENERALES DE COMUNICACION, EN LOS SERVICIOS QUE PRESTEN LAS EMPRESAS DE.
El artículo 102 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, no condiciona el otorgamiento de la franquicia que contiene, exclusivamente al hecho de que el servicio se preste a una dependencia del Gobierno Federal, por lo que, tratándose de la concesión de esta prerrogativa a la Comisión Federal de Electricidad, el razonamiento en el sentido de que constituye una dependencia del Gobierno Federal, no apoya fundamentalmente la concesión de la franquicia, porque como ya se dijo, no se condiciona exclusivamente el otorgamiento con el hecho de que el servicio se preste a una dependencia del citado gobierno.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/327488-178f6eb0/comision-federal-de-electricidad-no-participa-del-descuento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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