INFORME JUSTIFICADO.
Si la autoridad responsable no rinde ese informe, el acto reclamado debe tenerse por cierto, aun cuando haya rendido el informe previo y manifestado que, como informe con justificación, reproducía el previo, si no hizo esa reproducción ni obra en el expediente principal, original, dicho informe previo ni compulsa del mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329653-38d41416/informe-justificado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4806/39. Aguilar María Dolores. 30 de marzo de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Fernando López Cárdenas.
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