COMISARIADOS EJIDALES, PERSONALIDAD DE LOS.
Si no acredita el carácter con que promueve el presidente de un comisariado ejidal y menos aún que interpone el amparo conjuntamente con todos los miembros de éste, como la representación de los pueblos reside en los comisariados en conjunto, no debe darse entrada a la demanda de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329984-a2ac6401/comisariados-ejidales-personalidad-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo LXI, página 5414. Indice Alfabético. Improcedencia 4719/39. Piñón Reyes. 11 de septiembre de 1939. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Fernando López Cárdenas.
Tomo LXI, página 2011. Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 2380/39. Comisariado Ejidal del Pueblo de San Miguel Pipillola, Municipio de Españita, Estado de Tlaxcala. 7 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Rodolfo Asiain.
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