IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES.
Las deducciones que establece la fracción V, del artículo 38 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sólo proceden cuando se justifique que quien hizo los pagos, cumplió con las disposiciones relativas a las cédulas cuarta y quinta y con lo ordenado en el artículo 35 de la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331233-52681346/impuesto-sobre-la-renta-deducciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 580/38. Braun Enrique. 23 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Gómez Campos no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Jesús Garza Cabello.
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