PENSIONES MILITARES, REVISION DE.
Como la Ley de Secretarías de Estado de 1o. de enero de 1936, faculta a la Secretaría de Hacienda para despachar todo lo relativo a la autorización de actos y contratos de los que resulten derechos u obligaciones para el Gobierno Federal y lo relativo a pensiones civiles y autorización y revisión de pensiones militares, la revisión de una de estas últimas, por dicha secretaría, no es violatoria de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331955-f215dad5/pensiones-militares-revision-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 130/38. Aguirre Bermúdez Eulogio B. 2 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PENSIONES MILITARES, REVISION DE. (s/clave)
- PENSIONES MILITARES, ALCANCE DE LA FACULTAD DE LA SECRETARIA DE HACIENDA, PARA LA AUTORIZACION Y REVISION DE LAS. (s/clave)
- PENSIONES, REVISION DE. (s/clave)
- PENSIONES, REVISION DE. (s/clave)
- PENSIONES Y GRATIFICACIONES A LOS MILITARES, FACULTADES DE LA SECRETARIA DE HACIENDA PARA LA AUTORIZACION Y REVISION DE LAS. (s/clave)
- MILITARES, PENSIONES A LOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis