AMPARO, TERMINO PARA PRESENTARLO.
Si no hubiese base firme para computar el término para la presentación de la demanda de amparo, éste no puede declararse extemporáneo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332124-6a8970b8/amparo-termino-para-presentarlo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 5439/37. Urdapilleta José. 4 de octubre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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