MULTAS, INCONFORMIDAD CON LAS.
No puede jurídicamente considerarse el hecho de haber entregado un causante en la respectiva oficina exactora, una cantidad en abono del importe total de una multa, como una manifestación de voluntad que entrañe consentimiento de ella, ni tampoco como un consentimiento tácito, porque ningún precepto legal lo autoriza así.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334280-08aecdaa/multas-inconformidad-con-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1428/33. Maciel Pedro O. 28 de abril de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José María Truchuelo. Relator: Agustín Gómez Campos.
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