CONCESIONES, OBJETO DE LAS.
El Estado puede concesionar los actos que caen dentro de sus atribuciones y aquellos que, por interés público, debe vigilar, pero no los que por estar dentro de las actividades que la Constitución garantiza al individuo, puede éste ejecutar libremente, sin el permiso o gracia de la autoridad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334320-ed33aa2f/concesiones-objeto-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3946/35. Lapicera "Sol", S.A. 12 de mayo de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: José María Truchuelo y Alonso Aznar Mendoza. Relator: Alonso Aznar Mendoza.
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