ACTOS CONSECUENCIA DE OTROS CONSENTIDOS.
Si se reclama en amparo un remate ordenado en ejercicio de la facultad económico-coactiva, y no se reclama el requerimiento de pago ni el embargo de bienes, estos actos han sido consentidos, y siendo el remate la continuación jurídica del procedimiento fiscal, por falta de pago de la cantidad que se cobra, debe considerarse igualmente como consentido y sobreseerse en el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/336463-8f3f5160/actos-consecuencia-de-otros-consentidos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4586/39. Armendáriz Epitacio. 12 de abril de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel Valencia.
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