NOTIFICACIONES POR EL DIARIO OFICIAL.
No puede reputarse como notificación, el hecho de que se publique en el Diario Oficial, una concesión petrolera, cuando en dicha publicación no se notificara a la persona interesada; pues no se trata de una ley, reglamento, circular o disposición de observancia general, para que pudiera estimarse que ha surtido efectos legales para todos, desde su publicación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338036-92f27bb9/notificaciones-por-el-diario-oficial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3855/28. Baz Julio. 10 de enero de 1930. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Campos.
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