INDUSTRIAS.
Las operaciones de compraventa de la materia prima, necesaria para una industria, forman parte de las actividades propias de esta, y si una ley ha declarado exenta de todas clase de impuestos, gravar la compraventa de la materia prima, equivale a gravar la industria exceptuada, y por tanto, se contraviene a la ley que creo el privilegio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338360-e0d3cf1e/industrias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3669/28. M. J. García Hermanos, sucesores. 6 de mayo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel V. Valencia. Relator: Luis M. Calderón.
Quinta Epoca:
Tomo XXV, página 1992. Amparo administrativo en revisión 3671/28. M. J. García, Hermanos, sucesores. 15 de abril de 1929. Mayoría de tres votos. Disidente: Arturo Cisneros Canto. Relator: Jesús Guzmán Vaca.
Jurisprudencia relacionada
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