SUCESIONES, EFECTOS DE LAS VARIACIONES CATASTRALES (LEGISLACION DE MICHOACAN).
El título que constituye la resolución que ordena una variación catastral está sujeto al resultado de los juicios que surjan con motivo de la sucesión. Por tanto, si en el Registro Público aparecía que una persona no tenía más derecho que el derivado de una variación catastral, es decir, un derecho que no podía afectar intereses de terceros, según el texto de la misma resolución, todas las personas que hayan adquirido de ella, deben estar a las resultas de las insuficiencias de ese título de su causante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339990-20407084/sucesiones-efectos-de-las-variaciones-catastrales-legislacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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