COMPRAVENTA, NULIDAD DE LA.
Si el origen de un contrato de compraventa, cuya nulidad se reclama, es la legítima adjudicación hecha por el Gobierno de un Estado al vendedor, entretanto no se nulifique mediante el mandato de autoridad competente la mencionada adjudicación, demandando exclusivamente al Gobierno del Estado y al Registro Público de la Propiedad, no puede obtenerse la nulidad del mencionado contrato de compraventa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340775-ce2e5dff/compraventa-nulidad-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1461/53. Hernández Cervantes Francisco. 2 de septiembre de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mariano Ramírez Vázquez y Gabriel García Rojas. Ponente: Hilario Medina.
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