COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO.
Aunque el quejoso no solicite copia certificada de la sentencia reclamada y de las constancias que estime necesarias, no es el caso de sobreseer si se remiten los autos originales y debe entrarse al fondo del asunto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342010-a6727fd4/copias-para-el-amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 245/52. Sociedad "Miguel Cambranis Martínez". 8 de diciembre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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