ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL.
Si el inquilino disfrutó ya de la prórroga convencional, no tiene derecho a la legal, pues ésta opera sólo en casos en que las partes no han convenido nada sobre el particular. Así lo ha establecido la Suprema Corte de Justicia en ejecutoria anterior.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342945-87331cb8/arrendamiento-prorroga-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2983/51. Garza Lozano Andrés. 28 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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