Corpus
Modo: Corpus Pro

CONFESION FICTA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 344336 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2413

La confesión ficta establece una presunción que admite prueba en contrario, pero si en el caso ninguna prueba aportó la demandada para desvirtuar la confesional, no puede privarse a esta de valor probatorio, por la circunstancia de que la propia demandada hubiera negado la demanda y en ninguna parte del juicio se hubiese allanado a las pretensiones del actor. además, el hecho de que el demandante no pruebe alguna de sus aseveraciones contenidas en la demanda o en cualquier otro escrito, no constituye prueba a favor de la parte contraria.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344336-826dc2fd/confesion-ficta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 9498/46. Zea Nájera Salvador. 15 de marzo de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: Roque Estrada e Hilario Medina. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

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