COSTAS MOTIVADAS POR LA SOLICITUD DE COPIAS CERTIFICADAS.
De acuerdo con el artículo 71 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, para sacar copia o testimonio de cualquier documento de los archivos o protocolos, se requiere decreto judicial, que no se dictará sino con conocimiento de causa y audiencia de parte, y si no la hay, con la del Ministerio Público, procediéndose sumariamente, en caso de oposición; de suerte que la solicitud que se haga para la expedición de una copia certificada, sí constituye un trámite y motiva el pago de honorarios al abogado, en los términos de la fracción IV del artículo 278 de la Ley Orgánica de los Tribunales del Fuero Común, por lo que debe tomarse en consideración para la regulación de las costas correspondientes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345173-217023dc/costas-motivadas-por-la-solicitud-de-copias-certificadas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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