DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS POR LA SUSPENSION.
Es justificado, legalmente, el agravio relativo, si el Juez de Distrito, oficiosamente, tomó en consideración una excepción, desvirtuando la litis contestatio establecida al contestar los demandados la demanda incidental.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347002-a0a3e263/danos-y-perjuicios-causados-por-la-suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 622/46. García Casimiro. 28 de junio de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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