AUTORIDADES NO LLAMADAS AL AMPARO.
No es posible suspender actos de una autoridad que no ha sido llamada al juicio de amparo, aunque tales actos sean una consecuencia de los reclamados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347004-96767f77/autoridades-no-llamadas-al-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 9063/46. Ortiz Bolán Felipe. 28 de junio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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