PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES AL.
Cuando se invocan violaciones a las leyes del procedimiento y a las leyes de fondo, es lógico y jurídico estudiar previamente aquéllas, porque de ser procedentes, carecerá de objeto entrar al estudio de las cuestiones de fondo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347222-d8b4ef2f/procedimiento-violaciones-al · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparos civiles acumulados en revisión 7227/46. García González Joaquín y coagraviados. 28 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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