NULIDAD DE JUICIOS CONCLUIDOS, IMPROCEDENCIA DE LA.
Una vez concluido el juicio por sentencia ejecutoria, no es lícito que en un juicio autónomo, se pretenda la nulidad de aquél.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350714-4db1f776/nulidad-de-juicios-concluidos-improcedencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2363/43. Lozano María. 30 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Felipe de J. Tena Ramírez no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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