HIPOTECA, PRUEBA DE LA.
Siendo una de las condiciones de validez de la hipoteca, la de que conste por escrito y en escritura pública si excede de cinco mil pesos, según los artículos 1833 y 2917 del Código Civil del Distrito Federal, es indudable que sólo con la presentación del contrato relativo, puede acreditarse la existencia del gravamen hipotecario; sin que valga en contrario, el hecho de que el testimonio se encuentra en poder del acreedor, porque el deudor puede presentar al efecto, una segunda copia de la escritura respectiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351545-51fc9b52/hipoteca-prueba-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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