AUTORIDADES RESPONSABLES, REPRESENTACION DE LAS, EN EL AMPARO.
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley de Amparo, las autoridades responsables no pueden ser representadas en el juicio de garantías, y sólo están facultadas para acreditar delegados en las audiencias, únicamente para que rindan pruebas, aleguen y hagan promociones. Por tanto, el recurso de revisión que interponga el secretario de una Sala del Supremo Tribunal de Justicia de un Estado, por acuerdo de dicha Sala, designada como autoridad responsable, debe tenerse por no interpuesto, y declararse firme la sentencia del Juez del Distrito; sin que obste que la Presidencia de esta Suprema Corte de Justicia haya admitido la revisión, porque carece de representación quien la interpuso, no existe recurso ni agravios que estudiar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352872-2f386a8c/autoridades-responsables-representacion-de-las-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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