PROPIEDAD, PROTECCION DEL DERECHO DE, MEDIANTE EL AMPARO.
La Suprema Corte ha establecido jurisprudencia acerca de que las cuestiones de propiedad no pueden decidirse en los juicios de garantías, sin que antes hayan sido resueltas por las autoridades judiciales correspondientes, lo que significa que en el juicio constitucional no puede determinarse a cual de las partes en conflicto corresponde la propiedad de un bien cuestionado; pero cuando no existe tal disputa y se reclama la violación de cualquier derecho que se acredita en debida forma, el amparo es procedente por violación de las garantías que consagra en el artículo 14 constitucional, precepto que garantiza contra la privación, sin forma de juicio de cualquier derecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353346-6d3c1956/propiedad-proteccion-del-derecho-de-mediante-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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