POSESION DE INMUEBLES, PRUEBA DE LA (ESCRITURAS PUBLICAS)
No basta para demostrar la posesión de inmuebles, la escritura que acredite la propiedad de éstos, sino que es necesario adminicular esa probanza con otras que, identificando esos inmuebles, acrediten la tenencia material de ellos, de manera actual, o que establezcan una presunción capaz de engendrar la convicción de que en realidad existe esa tenencia material.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353485-1cf6ff7e/posesion-de-inmuebles-prueba-de-la-escrituras-publicas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 8992/38. Cejudo Enrique F. 24 de julio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no asistió a la sesión por las razones que constan en el acta del día. Relator: José María Mendoza Pardo.
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