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Modo: Corpus Pro

EMBARGO DE BIENES FUNGIBLES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 354815 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 26

El hecho de que se embargue un bien fungible, de ningún modo afecta la legalidad del acto, pues si aquél tuviera que venderse, para que no perdiera su valor, sería posible la restitución constitucional si el amparo se concediese, ya que ella afectaría no al bien fungible, sino a su precio obtenido de la correspondiente venta.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354815-2518c3b5/embargo-de-bienes-fungibles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 2287/36. Valenzuela Blas, sucesión de. 4 de enero de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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