MANDATARIOS DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES, VALIDEZ DE LOS ACTOS DE LOS.
Si en el Registro Público de Comercio, aparece inscrita la representación de determinada persona como presidente de una sociedad mercantil, mientras no se cancele dicha inscripción y se haga figurar en el registro a otra persona que lo sustituya, todos los actos que aquel celebre con terceras personas, son obligatorios para la sociedad, sin perjuicio de las responsabilidades que esta pueda exigir al representante, por haberse excedido en el uso de sus atribuciones, o por haberse ostentado con una personalidad que no le correspondía.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 4196/37. Cía. Mercantil de Negocios de Tijuana, S.A. 6 de octubre de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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