EJECUTIVO, FUNCIONAMIENTO DE LAS DEPENDENCIAS DEL.
El artículo 18 de la ley de secretarías de Estado, debe entenderse como una reglamentación de carácter interno, por lo que es de suponerse que cuando uno de los funcionarios de que se habla, ejerce las funciones de su competencia, incumbe al Ejecutivo, obrar por acuerdo de éste, aun cuando no se haga constar así, de manera expresa, en el oficio en que aparezca la resolución respectiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/356505-c62f6959/ejecutivo-funcionamiento-de-las-dependencias-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 550/35. Ferral Jesús y coaga. 3 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Garza Cabello.
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