DOCUMENTOS PRIVADOS PROVENIENTES DE TERCERO, EN MATERIA MERCANTIL.
Los documentos privados que se presentan en juicio como pruebas, no sólo pueden reconocerse por quien los otorgó, sino también por aquél a quien perjudican, y debe estimarse que existe reconocimiento tácito, cuando los documentos no son objetados por la parte contraria a quien los presenta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358028-a0fdf53f/documentos-privados-provenientes-de-tercero-en-materia-mercantil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 26/36. Valladares Enrique. 2 de marzo de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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