DOCUMENTOS BASE DE LA ACCION, SU VALOR PROBATORIO EN EL JUICIO.
No es verdad que los documentos que se acompañan con la demanda, deben necesariamente ofrecerse como prueba en el curso del juicio, para que puedan ser examinados y tenidos en cuenta por el Juez de los autos; pues los documentos de tal naturaleza, de los cuales puede tener conocimiento el demandado al contestar la demanda y que forman, por tanto, parte de la relación procesal establecida, deben ser estudiados y valorados por el Juez, al analizar los extremos de la expresada relación procesal, aun cuando los mismos no se ofrezcan como pruebas posteriormente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358091-30216f3b/documentos-base-de-la-accion-su-valor-probatorio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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