Corpus
Modo: Corpus Pro

EJECUTIVO FEDERAL, FACULTADES DEL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 360121 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4500

La promulgación de un decreto que reforma un artículo de la Constitución, no debe considerarse como violatorio de garantías, ya que el Ejecutivo Federal no hace más que cumplir con la obligación que le impone la fracción I del artículo 89 de la Carta Fundamental, y en cuanto a la expedición de un decreto publicado en el Diario Oficial, tampoco es violatorio de garantías, si fue expedido haciendo uso de las facultades extraordinarias que se le concedieron al Ejecutivo, en virtud de un decreto especial, y sobre todo porque si ese decreto no tiende más que a reglamentar un precepto, debe seguirse la misma suerte y considerarse constitucional también.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/360121-3c73bb1a/ejecutivo-federal-facultades-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 953/35. Pirsch Ernesto. 7 de junio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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