QUEJA EN EL ESTADO DE PUEBLA.
Dicho recurso se creó precisamente con el objeto de evitar la interposición del amparo; en consecuencia, en tanto no se haya interpuesto la queja, es improcedente el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364692-92161ca4/queja-en-el-estado-de-puebla · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 4750/27. Ramírez Teresa. 2 de septiembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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