Corpus
Modo: Corpus Pro

MULTA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 365466 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1947

Debe imponerse una multa a quien promueve un amparo con notoria falta de motivo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365466-4a29d2a1/multa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 1017/29. Múzquiz Juan E. 6 de agosto de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo XXV, página 581. Amparo civil en revisión 288/20. Robles Francisca. 7 de febrero de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XXVI, página 1606. Amparo civil directo 1830/28. César Eduardo. 20 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XXVI, página 1728. Amparo civil directo 2110/27. Lozano Roberto A. 24 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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