EJECUTORIAS DE LA CORTE.
Aun cuando las ejecutorias pronunciadas por la Corte, en determinado sentido, no formen jurisprudencia, por no tener la votación requerida por la ley, sí constituyen una valiosa y respetable opinión, que puede servir de fundamento a casos posteriores de la misma índole.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365695-527b7b0d/ejecutorias-de-la-corte · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 4168/25. Padrón Pavía Sergio. 14 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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