EMBRIAGUEZ, COMPROBACION DE LA, EN MATERIA DE TRABAJO (DESPIDO).
No es exacto que la embriaguez sólo pueda determinarse por peritos médicos, porque si el grado de la misma, para efectos penales, necesita tales peritajes, no ocurre lo mismo con el simple estado de embriaguez que se manifiesta por las inflexiones de la voz y dificultad en el hablar, pérdida de equilibrio, falta de prudencia y moderación en las expresiones y otras características que, por ser comunes y frecuentes, al presenciarlas, todas las personas, aun las más ignaras, pueden apreciar a primera vista.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366810-751ccab3/embriaguez-comprobacion-de-la-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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