DOCUMENTOS PROVENIENTES DE TERCERO, VALOR DE LOS.
Los documentos provenientes de tercero deben ser considerados como prueba testimonial, de suerte que el mayor o menor valor probatorio de esos documentos, estará sujeto a la credibilidad que merezcan sus autores; pero para que esos documentos surtan efectos probatorios, deben en el juicio laboral ser ratificados por sus respectivas firmantes, y por no haberse hecho así, se ignora si efectivamente fueron expedidos por las personas que los suscriben.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/371217-0a794f97/documentos-provenientes-de-tercero-valor-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2257/47. Silva de la Mora Rafael. 9 de septiembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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