Corpus
Modo: Corpus Pro

TRABAJADORES FALLECIDOS, MEDIOS DE PRUEBA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 371413 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1971

Para que pueda determinarse con la certeza requerida por la ley, la causa de la muerte de un trabajador, no son eficaces ni la copia certificada de una acta de defunción, en la que sólo aparezca lo manifestado ante un oficial del Registro Civil por una persona, en el sentido de que el trabajador falleció de silico-tuberculosis; ni el certificado de defunción expedido por un médico, que indica la misma causa del fallecimiento; así como tampoco la documental privada, en orden al estudio radiológico hecho por el mismo facultativo, en la persona del trabajador; pues tales pruebas documentales no bastan para suplir el certificado de autopsia o a los datos de carácter científico relativos a la historia clínica y demás circunstancias que, según ha dicho con anterioridad la Cuarta Sala de la Suprema Corte, pueden aportarse, en defecto del certificado a que se alude.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/371413-aa00fab9/trabajadores-fallecidos-medios-de-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 10337/44. Peñafiel viuda de Díaz Reséndiz Romana. 16 de junio de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Corona. Disidente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.