JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, PROCEDIMIENTO ANTE LAS.
Después de intentada una acción, si no se hace promoción alguna durante más de tres meses, siendo necesaria esa promoción para la continuación del procedimiento, la Junta no puede citar de oficio nuevamente la audiencia de demanda y excepciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/374166-e0b14c16/juntas-de-conciliacion-y-arbitraje-procedimiento-ante-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 9623/43. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 12 de abril de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.
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