Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

ENFERMEDAD PROFESIONAL, COMPROBACION DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 377674 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1079

Si se alega que se pretende aplicar retroactivamente la Ley Federal del Trabajo, la que requiere la autopsia de los obreros fallecidos por causa de una enfermedad profesional, no es de admitirse tal alegación, si en el laudo reclamado no se hace alusión a la falta de esa práctica médica, sino que dicho laudo se ocupa de analizar los elementos probatorios aportados durante la tramitación del conflicto, para ver de lograr una consecuencia sobre si el obrero había fallecido a consecuencia de una enfermedad profesional como es la sílico-tuberculosis, y si con ese examen y análisis, la Junta adquiere la convicción de que no se ha comprobado la causa de la reclamación y aprecia las pruebas dentro de su facultad, no puede decirse que se haya infringido precepto legal alguno, pues los testigos presentados por la parte actora, no pueden comprobar la existencia de la enfermedad profesional y el fallecimiento causado por ella, supuesto que no son peritos en la ciencia médica y tampoco lo manifestado por un médico que no requiere los exámenes y análisis necesarios para tener la certeza de la enfermedad profesional y de la muerte causada por ella al obrero, porque, técnicamente, tales apreciaciones son indispensables para obtener un diagnóstico exacto respecto a la enfermedad atribuida al obrero como causa de su muerte.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377674-ad5837ed/enfermedad-profesional-comprobacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 5551/40. Peñafiel Juana. 7 de febrero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis