TRABAJADORES, IMPROBIDAD DE LOS. APRECIACION DE LAS PRUEBAS RELATIVAS POR LAS JUNTAS.
Las resoluciones que dicten o puedan dictar las autoridades del orden penal no coartan la libertad de apreciación que, en conciencia, hagan las autoridades del trabajo, sobre los hechos que, en su concepto, constituyen faltas de probidad y honradez del trabajador, pues tales autoridades pueden considerarlas así, independientemente de que los mismos hechos constituyan o no un delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377749-ccad118c/trabajadores-improbidad-de-los-apreciacion-de-las-pruebas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6984/40. Falcón Vicente. 6 de marzo de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.
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