TRABAJO, EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO EN MATERIA DE.
Si en el nuevo laudo que pronuncie una Junta de Conciliación y Arbitraje, dictado en la ejecución de una ejecutoria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no se cumplió con lo asentado en ésta, dejándose de hacer el estudio de algunas pruebas, esto será materia de un recurso de queja, de acuerdo con lo dispuesto en la fracción IX del artículo 95 de la Ley de Amparo, pero no puede ser materia de un nuevo juicio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378256-ef1da8ca/trabajo-ejecucion-de-sentencias-de-amparo-en-materia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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